En
esta intervención pretendo fundamentar la importancia de incorporar
explícitamente en la ley de educación el tema de los Derechos
Humanos en el marco del gobierno progresista. El enfoque es
histórico, filosófico y político. Si bien el énfasis estará en
la Educación Secundaria atraviesa todo el sistema educativo. Para
ello comenzaré haciendo referencia a la presencia de los mismos en
la Constitución de la República en la sección de derechos deberes
y garantías y la consonancia con los artículos referidos a la
educación. A continuación refiero la génesis histórica de las
declaraciones que nos da la pista de como en determinadas
circunstancias se dieron las condiciones propicias para la
explicitación de los Derechos. Hago referencia al contexto de los
años 70 en América Latina, a las violaciones sistemáticas de los
DDHH y como en la apertura democrática, en nuestro país, se perdió
la oportunidad de construir consensos con los sectores populares
debido a que el sanguinetismo prefirió la alianza con los sectores
reaccionarios y la ley 15739 no se atrevió a incluir una declaración
sobre el particular. Por último, algunas pistas de como en la ley
de educación progresista se avanza hacia los acuerdos pendientes con
los sectores del pueblo postergados por la derecha y en consecuencia
incorpora a la ley explícitamente el tema de los Derechos Humanos.
Ya
en la constitución del 18 se incorporó la sección en nuestra
constitución de los derechos deberes y garantías, y ya, desde
entonces, se hace referencia al actual artículo 72: “La
enumeración de derechos, deberes y garantías hecha por la
Constitución, no excluye los otros que son inherentes a la
personalidad humana o se derivan de la forma republicana de
gobierno”. Artículo que consagra la dinámica de la evolución del
reconocimiento de los Derechos Humanos. En la constitución vigente,
los derechos individuales se encuentran en la sección ll, capítulo
2, los derechos políticos en la sección lll y los derechos
económicos, sociales y culturales en el capítulo 2 de la sección
ll. Por otra parte, el artículo 47 consagra los derechos colectivos
como el derecho al medio ambiente. El artículo 68 establece la
libertad de enseñanza y los que van hasta el artículo 71, se
refieren a los derechos relacionados con la educación.
La
lucha por lograr el reconocimiento de los DDHH ha sido ardua y
compleja, el siglo veinte vio, como, al tiempo que la ciencia y la
técnica obtenía logros no soñados, los sistemas políticos más
bárbaros, lograban imponerse en las naciones que se consideraban más
civilizadas. Las barbaridades más cruentas tuvieron al nazismo como
protagonistas y Auschwitz se convirtió en el símbolo de las mayores
atrocidades..
La
derrota de los regímenes totalitarios fascistas – nazistas, el
ocaso de los imperios coloniales, finalizada la guerra, encendieron
las esperanzas de un mundo mejor. El ascenso de dos superpotencias
Estados Unidos y la URSS, en el marco de la carrera armamentista y el
desarrollo de la tecnología nuclear desemboca en la guerra fría que
trajo como consecuencia un mundo dividido en dos zonas de influencia
entre las grandes potencias.
Sin
embargo, el consenso internacional sobre la existencia de unos
derechos básicos que toda persona posee por el solo hecho de ser
persona comprenderá una clave para comprender la diferencia de esa
época con las anteriores.
En
esos años se funda la ONU, se instalan los tribunales de Nuremberg y
Tokio para juzgar los crímenes cometidos por el eje y el 10 de
diciembre de 1948 se proclama la Declaración Universal de los
Derechos Humanos.
En
nuestro continente, al encontrarse éste bajo la influencia de los
Estados Unidos, las profundas diferencias sociales, la explotación y
la miseria, el impacto de la revolución cubana fueron generando las
circunstancias de fuertes turbulencias sociales.
Por
otra parte la doctrina de la seguridad nacional en combinación con
la ideología neoliberal, el entrenamiento masivo en técnicas de
contrainsurgencia de la escuela de las Américas, constituyó la
herramienta de lucha contra el “comunismo internacional”. La
ideología se centraba en el supuesto de que el enemigo estaba
instalado en la sociedad como un cáncer que era preciso extirpar.
Las
dictaduras militares interpretaron fielmente el mandato, instalando
el terrorismo de estado en los países de Latinoamérica, con sus
secuelas de torturas, muertes y desapariciones.
Los
reclamos de los organismos internacionales y de las ONG en defensa de
los DDHH, fueron vistos como cómplices de la ideología enemiga, por
parte de los detentadores del poder.
Con
la vuelta a la democracia, nuevamente se daban condiciones propicias
para que la vara se curvara en el sentido de los DDHH, pero primó la
teoría del “cambio en paz” y “de los dos demonios” y se
barrió para abajo de la alfombra. La ley de caducidad es el ejemplo
paradigmático. De este modo Sanguinetti recogía el apoyo de la
derecha y los militares lo veían como garantía de su impunidad.
Mientras los DDHH, continuaban siendo una amenaza. Es interesante
recordar el espíritu de consenso que reinaba en esos años. La
concertación nacional programática pudo ser el ámbito adecuado
para incorporar el tema, si bien fue planteado en su seno, no logró
consensos, y la ley de educación de emergencia no tuvo una
declaración en favor de los mismos.
Los
Derechos Humanos son un cuerpo dinámico, después de la declaración
del 48, han surgido nuevas generaciones de derechos admitidos por la
comunidad de naciones, éstos expresan un conjunto de valores
compartidos que avanzan en el sentido de la emancipación de los
hombres y la profundización de la democracia.
A
partir del 2005, en nuestro país, la vieja mayoría que ostentó la
hegemonía política es sustituida por una nueva mayoría popular y
progresista.
La
izquierda, que por primera vez llega al gobierno, fue compañero de
lucha, en los años oscuros, de los organismos internacionales y de
las organizaciones en defensa de los derechos humanos. Es sus filas
se encontraron los principales víctimas del terrorismo de estado y
de la ruptura del estado de derecho.
Por
otra parte, la alianza de la izquierda con otros sectores
progresistas, asegura la mayoría necesaria para lograr el poder
político democrático. Es precisamente el tema de los derechos
humanos uno de los puntos de convergencia con otros grupos liberales
democráticos.
La
traumática experiencia de los 70 es un fantasma que acecha en un
país dependiente, que basa su economía en la producción de
materias primas, cuyo aparato productivo fue arrasado por las
políticas neoliberales de los últimos años del siglo pasado y que
está a merced de las crisis cíclicas del sistema capitalista.
El
gobierno progresista ha confiado en una política de derechos
humanos, para asegurar el “nunca más”, pero también, y no
menos importante, para lograr el pleno desarrollo de todas las
personas de nuestro país.
Tanto
de lo institucional, como desde la legislación, ha procurado crear
las condiciones para el desarrollo de los derechos humanos.
La
política se explicita en la creación de la dirección de derechos
humanos en la órbita del Mec, sugestivo que se los asocie con la
educación. La creación del Mides, como forma de garantizar el goce
de los derechos por parte de todos. Las políticas del ministerio no
se agotan en el derecho al trabajo del programa Uruguay trabaja, ni
en el derecho a la vivienda del programa de mejoramiento del habitad,
sino también en las acciones del instituto de la mujer, del inju,
del inau. Por nombrar solo algunas. La humanización del sistema
carcelario en la órbita del ministerio del interior.
Centrándonos
en lo estrictamente educativo, la incorporación del estudio de la
historia reciente en los programas de Anep, es un importante avance.
La proyección de un plan nacional de educación en derechos humanos,
con intervención del Mec, de la Universidad y de Anep resulta una
señal significativa.
La
formación de “mil promotores en DDHH”, en la órbita de la
Dirección del Mec en convenio con la Ong “el abrojo”, es también
un hito importante en nuestra historia.
En
el congreso nacional de educación trabajo una comisión en la
incorporación de los derechos humanos explícitamente en la
educación formal, en ese grupo de trabajo se acordó la importancia
del tema en la educación, hubo acuerdo de que todos los planes y
programas debía impregnarse desde esta perspectiva y que se debía
integrar como contenidos propios de algunas asignaturas, pero también
atravesar el currículo.
Todos
estos antecedentes implican que naturalmente se esperara la
explicitación de los DDHH en la ley de educación, una ley de
educación, aprobada por un gobierno de izquierda, no podía
soslayar este tema, en la fundamentación se expresa: “ La meta es
educación de calidad, con equidad, relevancia y pertinencia para
todos, como derecho inalienable, y durante toda la vida, en una
sociedad de aprendizaje, tanto de saberes organizados en disciplinas
como de actitudes y modos de vida. Democratización de una educación
conectada con el trabajo, en que todos puedan seguir aprendiendo
siempre”1.
Si bien su incorporación puede resultar obvia e inocua ya que: “Si
bien una Ley no opera por sí misma los cambios, sí puede y debe
facilitarlos,
y
orientarlos programáticamente”2,
es una definición muy fuerte que se incorpora en una ley. “El
proyecto pretende lo mismo que se quiere para los propios hijos, o
para los jóvenes compatriotas. Que sean buenas personas, solidarios,
honestos: entonces las líneas trasversales que atraviesan el
proyecto en Derechos Humanos, formación en ciudadanía y desarrollo
de criterio propio”3.
Por supuesto no alcanza con ello, la dimensión jurídica es sólo
una desde las que podemos rastrear el tema, pero parece un paso muy
interesante a los efectos de contar con un instrumento que permita
construir una educación más democrática.
Bibliografía
-
- Hacia un plan nacional de Educación en Derechos Humanos, Mec, Montevideo. 2006.
- La convención en tus manos. Los Derechos de la infancia y la adolescencia. Unicef. Montevideo. 2006.
- Ley 15739.
- Ley nº 18437.
- Mosca, Juan José y Pérez Aguirre Luis. Derechos Humanos. Pautas para una educación liberadora. Mosca Hnos. S. A. Montevideo. 1985.
- Políticas públicas de Derechos Humanos en el Mercosur. Observatorio de Políticas Públicas de Derechos Humanos en el Mercosur. Montevideo. 2004.
- Seminario Regional: Memoria, Verdad y Justicia de nuestro pasado reciente. Mec. Montevideo. 2006
- Zubillaga Barrera, Carlos. Artigas y los Derechos Humanos. IDUCC . Montevideo.1966.
1
Ley de educación, fundamentación.
2
Ley de educación, fundamentación.
3
Ley de educación, fundamentación.