viernes, 17 de julio de 2015

La importancia de incorporar los Derechos Humanos en la ley de Educación.



En esta intervención pretendo fundamentar la importancia de incorporar explícitamente en la ley de educación el tema de los Derechos Humanos en el marco del gobierno progresista. El enfoque es histórico, filosófico y político. Si bien el énfasis estará en la Educación Secundaria atraviesa todo el sistema educativo. Para ello comenzaré haciendo referencia a la presencia de los mismos en la Constitución de la República en la sección de derechos deberes y garantías y la consonancia con los artículos referidos a la educación. A continuación refiero la génesis histórica de las declaraciones que nos da la pista de como en determinadas circunstancias se dieron las condiciones propicias para la explicitación de los Derechos. Hago referencia al contexto de los años 70 en América Latina, a las violaciones sistemáticas de los DDHH y como en la apertura democrática, en nuestro país, se perdió la oportunidad de construir consensos con los sectores populares debido a que el sanguinetismo prefirió la alianza con los sectores reaccionarios y la ley 15739 no se atrevió a incluir una declaración sobre el particular. Por último, algunas pistas de como en la ley de educación progresista se avanza hacia los acuerdos pendientes con los sectores del pueblo postergados por la derecha y en consecuencia incorpora a la ley explícitamente el tema de los Derechos Humanos.
Ya en la constitución del 18 se incorporó la sección en nuestra constitución de los derechos deberes y garantías, y ya, desde entonces, se hace referencia al actual artículo 72: “La enumeración de derechos, deberes y garantías hecha por la Constitución, no excluye los otros que son inherentes a la personalidad humana o se derivan de la forma republicana de gobierno”. Artículo que consagra la dinámica de la evolución del reconocimiento de los Derechos Humanos. En la constitución vigente, los derechos individuales se encuentran en la sección ll, capítulo 2, los derechos políticos en la sección lll y los derechos económicos, sociales y culturales en el capítulo 2 de la sección ll. Por otra parte, el artículo 47 consagra los derechos colectivos como el derecho al medio ambiente. El artículo 68 establece la libertad de enseñanza y los que van hasta el artículo 71, se refieren a los derechos relacionados con la educación.
La lucha por lograr el reconocimiento de los DDHH ha sido ardua y compleja, el siglo veinte vio, como, al tiempo que la ciencia y la técnica obtenía logros no soñados, los sistemas políticos más bárbaros, lograban imponerse en las naciones que se consideraban más civilizadas. Las barbaridades más cruentas tuvieron al nazismo como protagonistas y Auschwitz se convirtió en el símbolo de las mayores atrocidades..
La derrota de los regímenes totalitarios fascistas – nazistas, el ocaso de los imperios coloniales, finalizada la guerra, encendieron las esperanzas de un mundo mejor. El ascenso de dos superpotencias Estados Unidos y la URSS, en el marco de la carrera armamentista y el desarrollo de la tecnología nuclear desemboca en la guerra fría que trajo como consecuencia un mundo dividido en dos zonas de influencia entre las grandes potencias.
Sin embargo, el consenso internacional sobre la existencia de unos derechos básicos que toda persona posee por el solo hecho de ser persona comprenderá una clave para comprender la diferencia de esa época con las anteriores.
En esos años se funda la ONU, se instalan los tribunales de Nuremberg y Tokio para juzgar los crímenes cometidos por el eje y el 10 de diciembre de 1948 se proclama la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
En nuestro continente, al encontrarse éste bajo la influencia de los Estados Unidos, las profundas diferencias sociales, la explotación y la miseria, el impacto de la revolución cubana fueron generando las circunstancias de fuertes turbulencias sociales.
Por otra parte la doctrina de la seguridad nacional en combinación con la ideología neoliberal, el entrenamiento masivo en técnicas de contrainsurgencia de la escuela de las Américas, constituyó la herramienta de lucha contra el “comunismo internacional”. La ideología se centraba en el supuesto de que el enemigo estaba instalado en la sociedad como un cáncer que era preciso extirpar.
Las dictaduras militares interpretaron fielmente el mandato, instalando el terrorismo de estado en los países de Latinoamérica, con sus secuelas de torturas, muertes y desapariciones.
Los reclamos de los organismos internacionales y de las ONG en defensa de los DDHH, fueron vistos como cómplices de la ideología enemiga, por parte de los detentadores del poder.
Con la vuelta a la democracia, nuevamente se daban condiciones propicias para que la vara se curvara en el sentido de los DDHH, pero primó la teoría del “cambio en paz” y “de los dos demonios” y se barrió para abajo de la alfombra. La ley de caducidad es el ejemplo paradigmático. De este modo Sanguinetti recogía el apoyo de la derecha y los militares lo veían como garantía de su impunidad. Mientras los DDHH, continuaban siendo una amenaza. Es interesante recordar el espíritu de consenso que reinaba en esos años. La concertación nacional programática pudo ser el ámbito adecuado para incorporar el tema, si bien fue planteado en su seno, no logró consensos, y la ley de educación de emergencia no tuvo una declaración en favor de los mismos.
Los Derechos Humanos son un cuerpo dinámico, después de la declaración del 48, han surgido nuevas generaciones de derechos admitidos por la comunidad de naciones, éstos expresan un conjunto de valores compartidos que avanzan en el sentido de la emancipación de los hombres y la profundización de la democracia.
A partir del 2005, en nuestro país, la vieja mayoría que ostentó la hegemonía política es sustituida por una nueva mayoría popular y progresista.
La izquierda, que por primera vez llega al gobierno, fue compañero de lucha, en los años oscuros, de los organismos internacionales y de las organizaciones en defensa de los derechos humanos. Es sus filas se encontraron los principales víctimas del terrorismo de estado y de la ruptura del estado de derecho.
Por otra parte, la alianza de la izquierda con otros sectores progresistas, asegura la mayoría necesaria para lograr el poder político democrático. Es precisamente el tema de los derechos humanos uno de los puntos de convergencia con otros grupos liberales democráticos.
La traumática experiencia de los 70 es un fantasma que acecha en un país dependiente, que basa su economía en la producción de materias primas, cuyo aparato productivo fue arrasado por las políticas neoliberales de los últimos años del siglo pasado y que está a merced de las crisis cíclicas del sistema capitalista.
El gobierno progresista ha confiado en una política de derechos humanos, para asegurar el “nunca más”, pero también, y no menos importante, para lograr el pleno desarrollo de todas las personas de nuestro país.
Tanto de lo institucional, como desde la legislación, ha procurado crear las condiciones para el desarrollo de los derechos humanos.
La política se explicita en la creación de la dirección de derechos humanos en la órbita del Mec, sugestivo que se los asocie con la educación. La creación del Mides, como forma de garantizar el goce de los derechos por parte de todos. Las políticas del ministerio no se agotan en el derecho al trabajo del programa Uruguay trabaja, ni en el derecho a la vivienda del programa de mejoramiento del habitad, sino también en las acciones del instituto de la mujer, del inju, del inau. Por nombrar solo algunas. La humanización del sistema carcelario en la órbita del ministerio del interior.
Centrándonos en lo estrictamente educativo, la incorporación del estudio de la historia reciente en los programas de Anep, es un importante avance. La proyección de un plan nacional de educación en derechos humanos, con intervención del Mec, de la Universidad y de Anep resulta una señal significativa.
La formación de “mil promotores en DDHH”, en la órbita de la Dirección del Mec en convenio con la Ong “el abrojo”, es también un hito importante en nuestra historia.
En el congreso nacional de educación trabajo una comisión en la incorporación de los derechos humanos explícitamente en la educación formal, en ese grupo de trabajo se acordó la importancia del tema en la educación, hubo acuerdo de que todos los planes y programas debía impregnarse desde esta perspectiva y que se debía integrar como contenidos propios de algunas asignaturas, pero también atravesar el currículo.
Todos estos antecedentes implican que naturalmente se esperara la explicitación de los DDHH en la ley de educación, una ley de educación, aprobada por un gobierno de izquierda, no podía soslayar este tema, en la fundamentación se expresa: “ La meta es educación de calidad, con equidad, relevancia y pertinencia para todos, como derecho inalienable, y durante toda la vida, en una sociedad de aprendizaje, tanto de saberes organizados en disciplinas como de actitudes y modos de vida. Democratización de una educación conectada con el trabajo, en que todos puedan seguir aprendiendo siempre”1. Si bien su incorporación puede resultar obvia e inocua ya que: “Si bien una Ley no opera por sí misma los cambios, sí puede y debe facilitarlos,
y orientarlos programáticamente”2, es una definición muy fuerte que se incorpora en una ley. “El proyecto pretende lo mismo que se quiere para los propios hijos, o para los jóvenes compatriotas. Que sean buenas personas, solidarios, honestos: entonces las líneas trasversales que atraviesan el proyecto en Derechos Humanos, formación en ciudadanía y desarrollo de criterio propio”3. Por supuesto no alcanza con ello, la dimensión jurídica es sólo una desde las que podemos rastrear el tema, pero parece un paso muy interesante a los efectos de contar con un instrumento que permita construir una educación más democrática.


Bibliografía
  • Hacia un plan nacional de Educación en Derechos Humanos, Mec, Montevideo. 2006.
  • La convención en tus manos. Los Derechos de la infancia y la adolescencia. Unicef. Montevideo. 2006.
  • Ley 15739.
  • Ley nº 18437.
  • Mosca, Juan José y Pérez Aguirre Luis. Derechos Humanos. Pautas para una educación liberadora. Mosca Hnos. S. A. Montevideo. 1985.
  • Políticas públicas de Derechos Humanos en el Mercosur. Observatorio de Políticas Públicas de Derechos Humanos en el Mercosur. Montevideo. 2004.
  • Seminario Regional: Memoria, Verdad y Justicia de nuestro pasado reciente. Mec. Montevideo. 2006
  • Zubillaga Barrera, Carlos. Artigas y los Derechos Humanos. IDUCC . Montevideo.1966.


1 Ley de educación, fundamentación.
2 Ley de educación, fundamentación.
3 Ley de educación, fundamentación.